Gestación subrogada en España

Cuando hablamos de la gestación subrogada en España empezamos con la premisa de que es ilegal. Pero, ¿sabes por qué? Vamos a intentar en este artículo de dar a conocer todos los claves de porque está prohibida o no amparada su realización, quienes está a favor de su regulación de la técnica conocida como vientre de alquiler.

Legislación del vientre de alquiler en España

En España toda la legislación que rodea a la gestación subrogada está regulado en la Ley 14/2006 técnicas de Reproducción Humana Asistida. A través de esta norma la misma establece y da las pautas en todo lo que se refiere a los vientres de alquiler.

Que dice la ley 14/2006

Esta ley establece y tiene como objetivo:

  1. Regular la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida acreditadas científicamente y clínicamente indicadas.
  2. b) Regular la aplicación de las técnicas de reproducción humana asistida en la prevención y tratamiento de enfermedades de origen genético, siempre que existan las garantías diagnósticas y terapéuticas suficientes y sean debidamente autorizadas en los términos previstos en esta Ley.
  3. c) La regulación de los supuestos y requisitos de utilización de gametos y preembriones humanos crioconservados.
  4. A los efectos de esta Ley se entiende por preembrión el embrión in vitro constituido por el grupo de células resultantes de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde.
  5. Prohibir la clonación en seres humanos con fines reproductivos.

Cómo podemos ver esta ley viene a regular todo lo referente a la reproducción por gestación, técnicas sobre la fertilidad y la clonación de humanos. Como esta ley es muy extensa nos vamos a centrar solo en lo relativo a la gestación subrogada en España.

Vientre de alquiler en España, conceptos a tener en cuenta

No existe una prohibición como tal en la gestación por subrogación, simplemente la gestante a efectos legales será la madre y no existirá la posibilidad de que los padres asuman la tutela. En otras palabras, no está amparada por la ley en España.

Por otro lado, se anulará cualquier tipo de contrato el que se ponga en venta un embarazo por vientre de alquiler. Se anularán tanto si existe algún tipo de compensación económica como si no.

Se podrá reclamar en todos los casos la paternidad por parte de los padres biológicos.

También debemos de mencionar otro aspecto importante en la gestación por subrogación y es en lo referente a la extracción de óvulos o espermatozoides. No se podrá extraer ni óvulos ni espermatozoides para realizar una gestación subrogada en otro país.

La Ley Española si recoge que se puedan crear o extraerse óvulos o espermatozoides en España, pero siempre con fines los cuales estén recogidos en la Ley 14/2006.

Entonces si queremos realizar una gestación subrogada tendremos que realizarla desde un inicio hasta el final es un país donde si este permitido realizarla, como por ejemplo Portugal.

¿Se cambiará la ley para permitir la gestación subrogada en España?

Para que esta Ley pueda cambiar necesitamos que primero, los políticos se pongan de acuerdo. Existen tanto partidarios como detractores en la ley del vientre de alquiler por lo que hasta que entre ellos lleguen a un acuerdo, nos tocará esperar.

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